
Tasaciones urbanísticas
En suelo y activos en desarrollo, el valor depende de qué se puede construir, cuándo y bajo qué condiciones. Una tasación urbanística que ignore el planeamiento vigente, las cargas asociadas o el grado real de desarrollo del activo ofrece una cifra incompleta sobre la que es difícil tomar decisiones de inversión, financiación o desarrollo con seguridad.
Las tasaciones urbanísticas integran el análisis jurídico y urbanístico con la valoración económica para obtener una cifra fundamentada, coherente con el potencial real del activo y su marco normativo.
Una tasación urbanística es un informe técnico que valora un activo o un suelo inmobiliario teniendo en cuenta de forma determinante su situación urbanística.
Incluye el análisis de:
- Clasificación y calificación del suelo.
- Aprovechamiento urbanístico.
- Edificabilidad materializable.
- Usos permitidos y compatibles.
- Estado de desarrollo (urbanizado, en gestión, en transformación).
- Cargas, afecciones y planeamiento vigente o en tramitación.
El resultado es una valoración fundamentada en la realidad normativa del activo y en su potencial efectivo de desarrollo, útil tanto para la toma de decisiones estratégicas como para procesos de financiación, auditoría o inversión.
Las tasaciones urbanísticas son necesarias en contextos como:
- Adquisición o venta de suelo. Conocer el valor real antes de negociar el precio.
- Análisis de viabilidad de promociones para contrastar si el potencial edificatorio justifica la inversión.
- Procesos de financiación. Acreditar ante la entidad el valor del activo con respaldo técnico.
- Valoraciones para balance o auditoría con el fin de reflejar el valor del suelo conforme a criterios normativos.
- Operaciones de inversión o desinversión. Resulta esencial fundamentar la decisión con una valoración independiente.
- Reestructuración de carteras de suelo. Identificar el valor real de cada activo y su potencial de desarrollo.
- Procesos contenciosos relacionados con planeamiento. Es útil disponer de un informe técnico sólido ante reclamaciones o litigios.
Este servicio está orientado a:
- Promotoras inmobiliarias con operaciones de adquisición, desarrollo o venta de suelo en cualquier fase.
- Fondos de inversión y desarrolladores que requieren valoraciones independientes y fundamentadas para respaldar sus decisiones.
- SOCIMIs con necesidades de valoración periódica de activos para balance o auditoría.
- Entidades financieras que necesitan acreditar el valor del suelo como garantía en operaciones de financiación.
- Empresas con suelo estratégico en cartera que quieren conocer el potencial real de sus activos antes de una operación corporativa.
- Administraciones públicas en procesos de expropiación, gestión urbanística o valoración de patrimonio público.
- Asesorías jurídicas y firmas de auditoría que necesitan un informe técnico sólido como soporte en procesos contenciosos o due diligence.
- Análisis del planeamiento. Revisión detallada del instrumento urbanístico aplicable y su grado de desarrollo.
- Estudio jurídico-urbanístico. Verificación de cargas, afecciones y situación administrativa.
- Evaluación del aprovechamiento. Determinación de edificabilidad, usos y condiciones de desarrollo.
- Análisis de mercado. Estudio de transacciones comparables y expectativas de desarrollo.
- Aplicación metodológica. Selección del método de valoración adecuado según el tipo de suelo y finalidad del informe.
- Emisión de informe técnico. Documento estructurado, argumentado y preparado para financiación, auditoría o decisión estratégica.
El valor de un suelo solo tiene sentido si incorpora la realidad urbanística que lo condiciona, es decir, el planeamiento aplicable, los plazos reales de desarrollo y los riesgos asociados a cada fase del proceso.
Por eso integramos el análisis jurídico-urbanístico con la valoración económica en un único informe: una cifra fundamentada, coherente con el marco normativo y respaldada por el contexto de mercado.
Cuando el valor de un activo depende de su situación urbanística, es imprescindible contar con un análisis preciso y fundamentado que permita tomar decisiones de inversión, financiación o desarrollo con seguridad, alineando el potencial del suelo con el planeamiento vigente y su impacto económico real.
- Nota simple del Registro de la Propiedad.
- Referencia catastral (que se puede localizar a través de la Sede Electrónica del Catastro).
- Para solicitar una hipoteca a una entidad financiera.
- Para determinar el valor de mercado de una finca en una compraventa.
- Para averiguar el valor de mercado de una finca en la tramitación de una herencia.
- Para contratar un seguro privado (si la aseguradora te lo exige).
- Para valorar activos inmobiliarios de entidades bancarias.
Las tasaciones hipotecarias oficiales solo pueden ser emitidas por sociedades de tasación homologadas e inscritas en el Registro de Entidades del Banco de España. Tasvalor es una de ellas.
- A efectos de garantía hipotecaria.
- A efectos de cobertura de las provisiones técnicas de las entidades aseguradoras.
- Determinación del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva inmobiliarias.
- Determinación del patrimonio inmobiliario de los Fondos de Pensiones.
- Valoración de activos en operaciones de fusiones de empresas, ampliaciones de capital o constituciones de sociedades.
- Valoración de patrimonio inmobiliario de empresas.
- Actualización del valor de mercado de los elementos patrimoniales que constan en los balances de empresas.
- Valoraciones a efectos de leasing.
- Valoraciones de inmuebles y terrenos para el caso de herencia.
- Valoraciones urbanísticas.
- Valoraciones a efectos expropiatorios.
- Valoraciones de bienes muebles.
- El derecho de usufructo.
- Las concesiones administrativas.
- Los derechos de superficie cuya duración, contada a partir de la fecha prevista para el final del plazo de amortización del préstamo o crédito hipotecarios, no alcance los 20 años, los derechos de pastos, aguas, leñas y semejantes.
- Los edificios e instalaciones situadas fuera de ordenación urbana y los terrenos sobre los que se hubieren autorizado obras de carácter provisional, en los términos fijados para uno u otro supuesto en la legislación sobre el suelo o urbanística aplicable, cuando tal circunstancia conste registralmente.
Recogido en el artículo 11 del Real Decreto 716/2009.
Dichos bienes podrán ser valorados e hipotecados, pero estos préstamos hipotecarios no podrán ser utilizados por las entidades financieras como garantía para préstamos hipotecarios.
- Denominación social de la sociedad y número de inscripción en el Registro del Banco de España.
- Finalidad legal de la tasación.
- Referencia al informe de tasación que sintetiza.
- Localización y tipo de inmueble, identificación registral y catastral, superficie útil comprobable en edificios, superficie adoptada, estado de ocupación y titular registral en el momento de la tasación.
- Declaración expresa de que la tasación se ha realizado de acuerdo con los requisitos de la Orden.
- Método o métodos de valoración utilizados y valores estimados para cada método.
- Valor de tasación del inmueble, limitaciones al dominio y valor a efectos de seguro de incendios.
- Condicionantes, advertencias y observaciones.
- Fecha de emisión, fecha de la última visita al inmueble y fecha límite de validez.
- Firma del representante de la entidad que emite el certificado.
- Cualquier otra información requerida por la normativa según la finalidad de la tasación.
- Edificios de viviendas.
- Edificios de oficinas.
- Edificios industriales.
- Edificios comerciales.
- Edificios sometidos a explotación económica (Hoteles, Clinicas, tanatorios…).
- Viviendas individuales.
- Locales de negocio y oficinas.
- Locales comerciales.
- Obras de construcción, reforma o rehabilitación para su valoración y supervisión de certificaciones de obra.
- Obras paradas.
- Fincas rústicas.
- Solares y otros terrenos.
Los certificados e informes de tasación en formato PDF que emitimos y enviamos a nuestros clientes disponen de firma digital con certificado emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre . Son documentos oficiales admitidos por todas las entidades bancarias españolas.
Nuestra firma digital garantiza la veracidad de los datos del informe ante terceros y demuestra que el documento no ha sufrido modificaciones desde su firma. La entrega digital garantiza las mismas condiciones de veracidad y seguridad que la entrega física con una mayor comodidad y rapidez.
- Aumenta la satisfacción del cliente.
- Potencia la mejora continua de los procesos.
- Reduce incidencias en la prestación del servicio.
- Incrementa la productividad.
- Método del coste.
- Método de comparación.
- Método de actualización de rentas.
- Método residual.

